M U Y I M P O R T A N T E
Según el fallo de/la magistrado-Juez del Juzgado Contencioso-Administrativo
nº 3 de Cádiz, según juicio celebrado el 17- Enero - 2008 y cuyo fallo
nos notificaron el día 10-julio-2008 el cual dice:
-acuerdo dejar sin efecto dicha resolución y la liquidación girada exclusivamente en lo que se refiere a las sumas reclamadas correspondientes a la anualidad 2002 , que se declara prescrita, ordenando la devolución de las cantidades, en su caso, satisfechas en tal concepto con sus intereses-.
Esto quiere decir y esto es para todos los vecinos de Sanlúcar, que aquellos que hayan pagado el importe que en su día nos reclamaban por el año 2002, y tengan el comprobante de pago que le reclamen al Ayuntamiento la devolución del importe pagado, o se lo compensen en futuros pagos de tasas y/o impuestos, mas sus intereses correspondientes........claro.
Este dinero es vuestro no dejéis que se queden con el , que sepamos ellos aún no lo han devuelto nada como dicta el fallo judicial.
Plataforma del vado
No hay comentarios:
Publicar un comentario